Editorial

 

Febrero: Historia de Gibraltar

Nota: Por Francisco Javier Millán Licenciado en Derecho

De todos es sabido que al morir Carlos II, sin heredero a la Corona de España, estalló la Guerra de Sucesión entre los dos pretendientes principales al trono español Felipe de Borbón y el archiduque Carlos. Se alinearon, con el primero España y Francia y con el segundo, Austria, Inglaterra y Holanda.

En agosto de 1.704, navegaba por el Mediterráneo el príncipe George Hesse-Darmstadt, jefe de las tropas carlistas, en una flota que mandaba el almirante inglés George Rooke. Al pasar por el Estrecho de Gibraltar camino de Lisboa, deciden apoderarse del Peñón de Gibraltar, en nombre del pretendiente Carlos III de España, que era el nombre con que pretendía reinar en nuestro país el archiduque. El gobernador de Gibraltar Diego de Salinas se vio obligado a rendir la plaza dado la abrumadora mayoría de los atacantes. En teoría las fuerzas carlistas no llegaban con ánimo de invadir ni conquistar ninguna parte de España sino de proteger y liberar a los españoles del pretendiente gabacho. Sin embargo, una vez tomada la plaza, el almirante Rooke, arrió el estandarte del archiduque Carlos -izado por el príncipe Hesse- sustituyéndolo por el inglés al tiempo que proclamaba a la reina Ana, dueña y señora del Peñón de Gibraltar. Este hecho lo ponen en duda algunos autores británicos aludiendo que no está constatado históricamente, pero la realidad del mismo quedó verificado más tarde en Utrech.

Nada más salir la guarnición y el Ayuntamiento de Gibraltar, el día 7 de agosto de 1.704, comenzó la larga singladura por recuperar lo que nos habían robado y sustituir la bandera británica por la roja y gualda. Las fórmulas empleadas en estos casi doscientos noventa y cuatro años fueron varias: se empleó la fuerza en tres asedios en el siglo XVIII con millares de combatientes muertos, y, tras finalizar el tercer sitio, en el año 1.783, se recurrió a la diplomacia, realizando innumerables gestiones diplomáticas, numerosas conversaciones entre estadistas, proposiciones de permutar la plaza por otras posesiones, propuesta de compra y, en fin, se utilizaron todos los instrumentos legales para que nos fuese devuelta simple y llanamente lo que es nuestro. Todo ha sido inútil hasta ahora y el pabellón inglés sigue ofendiendo la dignidad española.

Violaciones al Tratado de Utrech.

Firmado el Tratado de Utrech en el año 1.714, quedó restablecida la paz en Europa y, por tanto, entre España e Inglaterra, quedando introducida la dinastía de la Casa Borbón y la "pérdida" de Gibraltar , y una vez terminada la aventura napoleónica. el Congreso de Viena de 1.815 marcó una paz permanente entre España e Inglaterra. Sin embargo, el Reino Unido desde que se apropió fraudulentamente de Gibraltar mostró signos inequívocos de no conformarse sólo con la fortaleza descrita en el Tratado de Utrech y pronto, muy pronto, 1legaron las violaciones a lo estipulado en Utrech. para conseguir más terreno español, utilizando como método el engaño, la fuerza y la indignidad. Estos son algunos de los atropellos cometidos:

  • Nada más firmarse el Tratado de Utrech, el gobernador de Gibraltar ocupó militarmente una torre llamada "Torre del Diablo" y un caserón denominado "El Molino", situados a levante y poniente respectivamente, en terreno español. En 1.730, fecha en que se inicia la construcción de la "Línea de Gibraltar" -Línea compuesta por dos fuertes y una muralla a todo lo ancho del istmo- Gran Bretaña pide a España (como muestra de buena armonía! la existencia de un terreno neutral en el que ambos países se abstendrían de fortificar, terreno que no dejaría, por ello, de ser español. Esta petición no es tenida en consideración aunque, de facto, después del tercer sitio quedó una franja de terreno español de 1.450 metros de longitud, a todo lo ancho del istmo, entre la fortaleza y la "Línea de Gibraltar", que España mantuvo para evitar fricciones y que fue considerado por ambas partes como "Campo Neutral''.

  • Cuando Napoleón invadió España se produjo una alianza hispano-británica, y, cuando las tropas francesas llegaron al sur de España en el año 1.810, los ingleses deciden, con el beneplácito de las autoridades españolas, volar la llamada "Línea de Gibraltar", eliminando de esta forma el principal obstáculo para el expansionismo británico hacia el norte.
  • En el año 1.815 se produjo en Gibraltar una epidemia de fiebre amarilla que sirvió de pretexto, a la ambición inglesa, para continuar avanzando sobre territorio español. El gobernador de Gibraltar solicitó, a las autoridades españolas, la instalación de un campamento sanitario fuera de la plaza, en el llamado "Campo Neutral", siendo autorizada la misma, por razones humanitarias, quedando instalado el mismo en el lugar hoy ocupado por el aeropuerto. Esto fue aprovechado para continuar avanzando hacia el norte, porque una vez vencida la epidemia no sólo no fue levantado el campamento si no que, además, colocaron unos centinelas a vanguardia. Desde esta fecha, Gran Bretaña comienza a considerar "Campo Neutral'' el comprendido entre sus centinelas y los centinelas españoles que continúan a la altura de la ya inexistente "Línea de Gibraltar.
  • Otra epidemia en el año 1.854 sirvió de pretexto para que los ingleses volvieran a avanzar por el "Campo Neutral" construyendo nuevas chozas y barracones y haciendo lo mismo que hicieron en 1.815. A pesar de todas las protestas efectuadas por medios diplomáticos, los ingleses no se mueven.
  • En el año 1.865 consiguen del gobierno español una Declaración Conjunta sobre navegación en aguas del Estrecho. A partir de entonces los barcos contrabandistas se sienten protegidos por los cañones de la plaza y por la marina británica, alegando que los apresamientos españoles se producen en aguas inglesas, cuando en Utrech no se les reconoce ninguna jurisdicción sobre las aguas que circundan el Peñón.
  • En el año 1.881 las autoridades españolas colocaron unos parasoles a los centinelas españoles en el límite norte del "Campo Neutral", esto produjo un cruce de notas diplomáticas, finalizando el conflicto con la autorización inglesa, aunque con la condición de que se quitasen al finalizar el verano, apresurándose, como compensación a esta "concesión", a construir obras permanentes para proteger a sus centinelas y cuando España protesta los ingleses le recuerdan que nosotros colocamos parasoles sin pedirles permiso a ellos. Sin comentarios.
  • En el año 1.905 el rey Alfonso XIII realizó una visita a Inglaterra -buscaba la que más tarde seria la reina-consorte de España- visita que aprovechó el gobierno británico para pedir que España renunciara a los derechos que le da el Tratado de Utrech, como condición para el mantenimiento de la amistad hispano-británica. Como no lo consiguen, en el año 1.908 inician la construcción de la famosa verja que quedó terminada a finales de 1.909. Esta fue una de las decisiones más trascendentales tomadas por el Reino Unido en toda la historia del contencioso: separar físicamente no sólo lo cedido en Utrech -castillo, ciudad, fortaleza y puerto- sino también los 850 metros del istmo, de los 1.450 que componían el llamado "Campo Neutral", apropiándose de un terreno sobre el que no tenían ningún derecho. Esta política sólo ha sido repetida al finalizar la Segunda Guerra Mundial, cuando las fuerzas de ocupación soviética levantaron el Muro de Berlín.
  • En el año 1.938, cuando España estaba enfrascada en otra guerra civil, los ingleses aprovechan nuevamente los conflictos internos y, por tanto, la debilidad española para construir un aeródromo en terreno español asegurando que se trataba de un "Emergency Landing Ground''. Aunque desde el primer momento funcionó como un aeropuerto cívico militar, cuyas pistas se adentran en el mar ocupando fraudulentamente también parte de las aguas de la Bahía de Algeciras.

Finalmente España -en el año 1.942-, en plena guerra mundial, para evitar nuevos desplazamientos de la "frontera" hacia el norte, ocupó los 600 metros que quedaban del mal llamado "Campo Neutral'', a pesar de que las autoridades británicas protestaron )no se ruborizaron por ello?- de que España tomara posesión oficial de un trozo de terreno español.

Pero las violaciones al Tratado de Utrech no finalizaron con el corrimiento de la "frontera" española hasta la verja, pues si bien físicamente no se podía ya transgredir lo tratado, si podían vulnerar éste desde el campo político y jurídico y... no dudaron en hacerlo. Primero, Gran Bretaña otorgó a Gibraltar la llamada "Constitución Lansdowne'', por decreto fechado el 23 de mayo de 1.969, aunque la Reina se reservó el poder de revocarla o modificarla total o parcialmente, así como la potestad de dictar las leyes que estime conveniente. Es decir, la colonia está sujeta a todo el orden jurídico británico representado por el gobernador militar británico en Gibraltar que es quien ostenta el poder real de la colonia. Ante este nuevo atropello el gobierno español actuó con contundencia aplicando estrictamente el Tratado de Utrech, es decir, cerrando el paso por tierra. A partir de entonces Gibraltar tiene un "ministro principal" que, para sarcasmo de este atropello, las urnas decidieron que fuese Josuah Hassan, dándose el singular y humorístico caso de ser "presidente", una persona de origen judio-marroquí en un territorio en el que el articulo X prohibe expresamente la entrada de moros y judíos. (Ojo! que no vaya a venir ningún espabilado a tacharnos de racistas porque se equivoca, pero las cosas son como son y así hay que relatarlas. No, todavía no han terminado las vulneraciones. En 1.967 el gobierno de Su Majestad Británica decide, unilateralmente, convocar en Gibraltar un Referéndum para que los habitantes del Peñón decidan con que nación quedarse, eso sí, con una doble pregunta realizada de acuerdo con los intereses de Inglaterra. Podríamos continuar pero hay que finalizar, pero antes, (agárrense!. Gran Bretaña se ha escudado siempre, desde que ocupó Gibraltar, en una población de origen heteróclito, descendiente de judíos, árabes, malteses, hindúes, genoveses, etc. y aunque haya infringido, lo establecido en Utrech, no han puesto reparo a la hora de fijar residencia éstos en el Peñón, pero... (asómbrense! si el que pretende fijarla es español, las democráticas autoridades gibraltareñas lo impiden, pues la "Inmigration and aliens order'' de 1.885 y la "Gibraltar status ordinance" de 1.962 lo prohiben taxativamente.

 

Artículo X del Tratado de Utrech.

El Rey Católico, por sí y por sus herederos y sucesores, cede por este Tratado a la Corona de la Gran Bretaña la plena y entera propiedad de la ciudad y castillo de Gibraltar juntamente con su puerto, defensas y fortalezas que le pertenecen, dándola dicha propiedad absolutamente para que la tenga y goce con entero derecho y para siempre, sin excepción ni impedimento alguno. Pero, para evitar cualesquiera abusos y fraudes, en la introducción de las mercaderías, quiere el Rey Católico, y supone que así se ha de entender. Que la dicha propiedad se ceda a la Gran Bretaña sin jurisdicción alguna territorial y sin comunicación alguna abierta con el país circunvecino por parte de tierra y como la comunicación por mar con la costa de España no puede estar abierta y segura en todos tiempos, y de aquí puede resultar que los soldados de la guarnición de Gibraltar y los vecinos de aquella ciudad se vean reducidos a grandes angustias, siendo la mente del Rey Católico sólo impedir como queda dicho más arriba, la introducción fraudulenta de mercaderías por la vía de tierra, se ha acordado que en estos casos se puede comprar a dinero de contado en tierra de España circunvecina la provisión y demás cosas necesarias para el uso de las tropas del presidio, de los vecinos y de las naves surtas en el puerto.
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Y su Majestad Británica, a instancia del Rey Católico, consiente y conviene en que no se permita por motivo alguno que Judíos ni Moros habiten ni tengan domicilio en la dicha ciudad de Gibraltar, ni se de entrada ni acogida a las naves de guerra moras en el puerto de aquella ciudad de Gibraltar, con lo que se pueda cortar la comunicación de España a Ceuta o ser infestadas las costas españolas por el corso de los Moros.

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Si en algún tiempo a la Corona de la Gran Bretaña le pareciere conveniente dar, vender o enajenar de cualquier modo la propiedad de la dicha ciudad de Gibraltar se ha convenido y concordado por este Tratado que se dará a la Corona de España la primera acción, antes que a Otros, para redimirla.

 

Actualizado
05 / 04 / 98

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